Arratsalde on,
Mediante el siguiente mail os quiero informar sobre un tema relacionado con los clientes con discapacidad superior al 33.33%
Estos clientes, por su condición, pueden disfrutar del IVA supereducido del 4% en algunos sectores.
En el sector de la óptica, para poder aplicarles un IVA del 4%, la discapacidad del 33.33% tiene que estar vinculado con el órgano visual.
Es decir, si el cliente tiene una discapacidad relacionada con el oído, en la compra de sus gafas se le tendrá que aplicar el IVA habitual.
Si en alguna óptica os surge un caso en donde el cliente tiene una discapacidad superior al 33.33% debido a sus ojos, para la aplicación del IVA del 4% se le tendrá que solicitar el certificado de discapacidad al cliente. Asímismo, tendréis que llamar a Administración para que os ayudemos a meter los encargos con ese IVA del 4%.
Esta información se incluye en la Intranet, en el apartado de Manuales.: Aplicación IVA 4% en discapacitados
Cualquier problema, me lo hacéis saber.
Eskerrikasko
Hirune